A. INSTRUCCIONES PARA UTILIZAR CORRECTAMENTE
LOS SERVICIOS ASSIST-CARD
A.1. ANTES DEL VIAJE
A.1.1
ACTIVACIÓN DEL SERVICIO
Algunos productos ASSIST-CARD
deben ser activados antes de viajar. Sólo
si su voucher o tarjeta credencial incluyen la frase "ACTIVAR ANTES DE
VIAJAR" siga las instrucciones indicadas a continuación:
· La
activación de la tarjeta
ASSIST-CARD deberá ser solicitada siempre antes de viajar. No se aceptarán
solicitudes de activación de tarjetas ASSIST-CARD una vez iniciado el
viaje, salvo en las circunstancias descriptas más abajo.
· Ud.
podrá realizar tantas
activaciones como desee, siempre y cuando la suma de los días activados
no supere la cantidad de días adquiridos e indicados en su voucher ASSIST-CARD.
· Para
solicitar la activación
del servicio comuníquese, antes del inicio del viaje, con la oficina
ASSIST-CARD en el país donde adquirió la tarjeta. Se le solicitarán:
su nombre, el número de su voucher y/o tarjeta ASSIST-CARD, y la fecha
de inicio y finalización de su viaje.
· El
operador de ASSIST-CARD le indicará su Código de Activación. Agende este Código, así como los
días activados, en los espacios previstos para ello más abajo. Al solicitar
asistencia, el Código de Activación le será requerido por el operador
y es indispensable para poder acceder a los beneficios descriptos en
estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD.
· Si
Ud. debe prolongar imprevistamente su permanencia en el extranjero,
podrá solicitar la activación de días
adicionales de servicios ASSIST-CARD. A tal efecto, deberá contar con
días disponibles. Verifique más abajo los días disponibles. Esta nueva
Activación podrá ser solicitada únicamente antes de la fecha de vencimiento
de la Activación original o anterior. Superado el total de días disponibles
o finalizada la vigencia de la tarjeta, Ud. podrá solicitar una nueva
tarjeta ASSIST-CARD de acuerdo a lo indicado en la Cláusula C.5.15 "Extensión
del servicio ASSIST-CARD por prolongación del viaje" de las presentes
Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD.
Anote aquí el código de activación
para cada viaje:
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Código de activación
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Fecha de inicio
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Fecha
de finalización
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Días
Activados
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Días
disponibles
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IMPORTANTE: Los beneficios
descriptos en las Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD
no tendrán validez alguna si la tarjeta ASSIST-CARD no fue activada
antes del inicio del viaje y el Titular no cuenta con el código de
Activación correspondiente.
A.1.2 VERIFICACION
· Verifique
que todos los datos consignados en su voucher y tarjeta ASSIST-CARD
sean correctos. Controle
especialmente los teléfonos indicados como contacto en caso de emergencia,
como así también las fechas de vigencia y el producto adquirido. Si hay
errores en los datos, comuníquese con la oficina ASSIST-CARD en el país
de la emisión de la tarjeta para rectificar los mismos. Encontrará el
teléfono de la oficina ASSIST-CARD en la "LISTA DE TELEFONOS".
· Retire del porta-documentos ASSIST-CARD la
tarjeta credencial y la Lista de Teléfonos desplegable y colóquelos en un lugar
de fácil acceso (p. ej. su billetera).
· Coloque los marbetes en su
equipaje.
· Adhiera las etiquetas adhesivas
ASSIST-CARD en la retiración de la tapa de su pasaporte y en la tapa de su
billete aéreo ya que en caso de extravío facilitará la recuperación.
· Lea
atentamente las Instrucciones y Condiciones Generales de los Servicios
ASSIST-CARD y verifique que
el voucher y la tarjeta credencial indiquen las características del producto
ASSIST-CARD adquirido por Ud.
A.1.3 CANCELACION DEL VIAJE
Si el producto adquirido por Ud. incluye GARANTIA DE CANCELACION E INTERRUPCION
DE VIAJE y debe cancelar el mismo por las circunstancias descriptas
en la Cláusula D.4. comunique esta circunstancia, en forma fehaciente,
de inmediato y dentro de las 24 horas de ocurrida, a la oficina de
ASSIST-CARD en el país de emisión de su tarjeta o del país donde se
encuentra y proceda de acuerdo a lo indicado en la Cláusula D.4. ASSIST-CARD
verificará con su equipo médico el hecho denunciado.
A.2. DURANTE EL VIAJE
A.2.1 COMO COMUNICARSE CON UNA CENTRAL ASSIST-CARD.
· En su porta documentos ASSIST-CARD encontrará el
desplegable Lista de Teléfonos ASSIST-CARD con la nómina completa de los teléfonos
de las centrales ASSIST-CARD.
· Consulte
en el dorso de su tarjeta credencial o en su defecto en el desplegable
Lista de Teléfonos
ASSIST-CARD el número "Toll-Free" de la central ASSIST-CARD más próxima.
Si no hubiese un número "Toll-Free" de ASSIST-CARD en el país en que
Ud. se encuentra, comuníquese por el sistema "COLLECT CALL". Si el país
donde Ud. se encuentra no admite el sistema de comunicación COLLECT CALL,
efectúe la llamada a su cargo y a su regreso presente el comprobante
a ASSIST-CARD para su reembolso.
· Si
no hubiera central ASSIST-CARD en el país donde Ud. se encuentra, llame a la Central Regional correspondiente
de acuerdo al listado que aparece en el desplegable Lista de Teléfonos
ASSIST-CARD
· Para que el costo de su llamada
COLLECT-CALL sea a cargo de ASSIST-CARD, Ud. debe indicar a la operadora
del hotel o de
la compañía de teléfonos que desea efectuar una llamada de estas características.
· Si
la comunicación con la central
ASSIST-CARD más próxima se hace imposible por dificultades o desperfectos
en las líneas telefónicas, Ud. debe llamar a la Central Regional que
corresponde al país donde Ud. se encuentra o a cualquier otra central
ASSIST-CARD. Las centrales ASSIST-CARD atienden generalmente durante
las 24 horas.
Antes de llamar para solicitar nuestros servicios tenga a mano la siguiente
información:
· Su voucher o tarjeta credencial ASSIST-CARD
· Número(s) de teléfono donde se encuentra
(+ código de área)
· Los datos del lugar en que se encuentra (domicilio,
hotel, etc.)
A.2.2 LA NATURALEZA DE SU PROBLEMA LE PERMITE
REQUERIR LOS SERVICIOS DE ASSIST-CARD
Comuníquese con ASSIST-CARD y siga cuidadosamente las instrucciones
del operador de ASSIST-CARD. De ello dependerá fundamentalmente la eficacia
de la asistencia solicitada.
A.2.3 EL PROBLEMA DE SALUD ES GRAVE,
LA NECESIDAD DE ASISTENCIA ES MUY URGENTE, Y UD. NO ESTÁ EN CONDICIONES
DE REQUERIR EL SERVICIO A NUESTRAS CENTRALES.
·
En este caso, lo fundamental es que Ud. reciba asistencia inmediata en el lugar
en que se encuentre, a través de los profesionales y/o establecimientos sanitarios
que puedan atenderlo.
·
Pero luego -indefectiblemente dentro de las 24hs. siguientes- Ud. o cualquier
persona que lo acompañe deberá comunicarse con la central ASSIST-CARD más cercana
y proporcionar toda la información relativa al evento sufrido y a la asistencia
recibida.
·
De esta forma, personal de ASSIST-CARD se pondrá en contacto con el Centro
Asistencial donde Ud. se encuentra, para así controlar en todas sus fases la
prestación del servicio. Siga cuidadosamente estas indicaciones, ya que de
ello dependerá que ASSIST-CARD se haga cargo de los gastos devengados, tal
como se explica en la Cláusula C.7.2 de las Condiciones Generales de los servicios
ASSIST-CARD.
A.2.4 INSTRUCCIONES EN CASO DE EXTRAVIO DE EQUIPAJE
1. Apenas constate la falta de su equipaje,
diríjase al mostrador de la compañía aérea o a la persona responsable de la
misma dentro del mismo recinto en que llegan los equipajes.
2. Obtenga y complete el formulario
P.I.R. (Property Irregularity Report), que deberá ser provisto por la compañía
aérea.
3. Antes de abandonar el aeropuerto
comuníquese telefónicamente con la central ASSIST-CARD más próxima o en el
caso de que ASSIST-CARD disponga de stand en ese aeropuerto, diríjase al mismo
a efectos de notificar el extravío de su equipaje.
4. Informe a ASSIST-CARD su domicilio
local (temporario) y su próximo itinerario.
5. Verifique en la Cláusula D.1. de las Condiciones
Generales de los Servicios ASSIST-CARD las condiciones aplicables a los seguros
de equipaje incluidos sin costo adicional en algunos productos ASSIST-CARD.
A.2.5 INSTRUCCIONES EN CASO DE EXCESIVA
DEMORA O CANCELACION DE VUELOS
1. Si su vuelo es cancelado o demorado por más
de 6 horas, obtenga de la compañía aérea la constancia escrita correspondiente.
2. Antes
de abandonar el aeropuerto, comuníquese telefónicamente con la central ASSIST-CARD más próxima para
informar la cancelación o demora de su vuelo.
3. Obtenga
siempre recibos de todos los gastos relacionados con la demora o cancelación de vuelos que
realice (p. ej. taxis, alojamiento, alimentación y comunicaciones) a
los efectos de solicitar a ASSIST-CARD el reembolso correspondiente.
4. Verifique
en la Cláusula C.4.10
de las Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD así como en
su voucher, las condiciones aplicables a los reembolsos en caso de demora
o cancelación de vuelos correspondientes al producto ASSIST-CARD adquirido
por Ud.
A
LOS EFECTOS DE CONOCER EL SISTEMA DE ASISTENCIA Y LOS MÚLTIPLES
SERVICIOS QUE BRINDAMOS A NUESTROS CLIENTES, RECOMENDAMOS LA LECTURA
DE LAS INSTRUCCIONES PARA UTILIZAR CORRECTAMENTE LOS SERVICIOS
ASSIST-CARD Y DE LAS CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS ASSIST-CARD
CONSULTE
EN SU VOUCHER ASSIST-CARD LAS CARACTERÍSTICAS Y LIMITACIONES
DEL PRODUCTO ADQUIRIDO POR UD.
B. INDICE
C.
CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS ASSIST-CARD - CONTRATO DE ADHESIÓN
C.1. CONSIDERACIONES PREVIAS
C.2. DEFINICIONES
C.3.
NÓMINA DE PAÍSES CON SERVICIOS ASSIST-CARD
C.4. SERVICIOS ASSIST-CARD
C.4.1 Asistencia médica
C.4.2 Exclusión de dolencias preexistentes y dolencias crónicas
C.4.3 Traslados sanitarios
C.4.4 Repatriación sanitaria
C.4.5 Acompañamiento de menores
C.4.6 Traslado de un familiar
C.4.7 Estancia de un familiar
C.4.8 Diferencia de tarifa por viaje de regreso retrasado o anticipado
C.4.9 Gastos de hotel por convalecencia
C.4.10 Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado
C.4.11 Traslado de ejecutivos por emergencia
C.4.12 Transmisión de mensajes urgentes
C.4.13 Asistencia en caso de robo o extravío de documentos, etc.
C.4.14 Regreso anticipado por siniestro grave en el domicilio
C.4.15 Repatriación funeraria
C.4.16 Localización de equipajes
C.4.17 Asistencia legal por responsabilidad en un accidente
C.4.18 Anticipo de fondos para fianzas
C.4.19 Asistencia legal para realizar reclamos a raíz de accidentes
C.5. DISPOSICIONES GENERALES
C.5.1 Titular del servicio
C.5.2 Validez territorial
C.5.3 Validez temporal
C.5.4 Días consecutivos de viaje
C.5.5 Determinación del tipo de servicio / producto
C.5.6 Límites aplicables
C.5.7 Finalización de la vigencia
C.5.8 Grabación y monitoreo de las comunicaciones
C.5.9 Enfermedades repentinas y agudas
C.5.10 Revelación de historia clínica
C.5.11 Autorización irrevocable para solicitar información médica
C.5.12 Eventos y gastos excluidos
C.5.13 Limitaciones y exclusiones especiales por edad
C.5.14 Exclusiones aplicables a las tarjetas ASSIST-CARD válidas en el mismo
país de emisión
C.5.15 Extensión del servicio ASSIST-CARD por prolongación del viaje
C.5.16 Comunicación de contratación
C.6. OBLIGACIONES DE ASSIST-CARD
C.7. OBLIGACIONES DEL TITULAR
C.8. SUBROGACION Y CESION DE DERECHOS
C.9. CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES Y/O DE FUERZA
MAYOR
C.10. GASTOS NO CONTEMPLADOS EN EL CONTRATO
E INTERVENCION DE OTRAS EMPRESAS
C.11. RESPONSABILIDAD
C.12. JURISDICCIÓN
C.13.
PRESCRIPCIÓN
D. SEGUROS
D.1.
SEGURO POR EXTRAVIO Y DEMORA EN LA LOCALIZACIÓN
DEL EQUIPAJE
D.2. SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES (MUERTE
ACCIDENTAL)
D.3. SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES (INVALIDEZ
TOTAL Y PERMANENTE)
D.4.
GARANTIA DE CANCELACIÓN E INTERRUPCION
DE VIAJE
E. GLOSARIO
Acompañamiento médico en caso de traslado (C.4.3/4)
Acompañamiento de menores (C.4.5)
Activación del servicio antes del viaje (A.1.)
Anticipo de fondos para fianzas (C.4.18)
Asistencia en caso de robo o extravío de documentos (C.4.13)
Asistencia legal en caso de accidente (C.4.17)
Asistencia médica (C.4.1)
Asistencia odontológica (C.4.1.6)
Características del producto ASSIST-CARD adquirido (Ver Voucher)
Circunstancias excepcionales y/o de fuerza mayor (C.9.)
Cómo contactar a ASSIST-CARD (A.2.1)
Comunicación de contratación (C.5.16)
Deducible (franquicia en asistencia médica) (C.4.1.11)
Definición de accidente (C.2.)
Definiciones del contrato (C.2.)
Demora en la entrega de equipajes (D.1.)
Dolencias preexistentes (C.4.2)
Estancia de un familiar (C.4.7)
Eventos excluidos (C.5.12)
Exclusiones (C.5.12)
Extensión del servicio por prolongación del viaje (C.5.15)
Extravío de equipajes (instrucciones en caso de) (A.2.4)
Franquicia (deducible en asistencia médica) (C.4.1.11)
Garantía de Cancelación e Interrupción de viaje (D.4)
Gastos de hotel por convalecencia (C.4.9)
Gastos por demora o cancelación de vuelos (reembolso) (C.4.10)
Gastos excluidos (C.5.12)
Grabación y monitoreo de las comunicaciones (C.5.8)
Hospitalización (C.4.1.7)
Instrucciones para solicitar asistencia (A.2.)
Instrucciones en caso de pérdida de equipajes (A.2.4)
Instrucciones en caso de demora excesiva o cancelación de vuelos (A.2.5)
Intervenciones quirúrgicas (C.4.1.8)
Jurisdicción (C.12.)
Limitaciones y exclusiones especiales por edad (C.5.13)
Limites aplicables al producto ASSIST-CARD adquirido (C.5.6)
Localización de equipajes extraviados (C.4.16)
Marbetes de equipaje (En Porta Documentos)
Monto máximo global de gastos y/o reembolsos (C.4.1.10/12)
Números de teléfono de las centrales ASSIST-CARD (En Porta Documentos)
Modificación de vigencia o cancelación del servicio (C.1.7/8/9)
Obligaciones asumidas por ASSIST-CARD (C.6.)
Obligaciones del Titular (C.7.)
Odontología (C.4.1.6)
Países con servicios ASSIST-CARD (C.3.)
Países sin servicios ASSIST-CARD (reembolsos) (C.3.)
Porta Documentos ASSIST-CARD (definición) (C.2.)
Prescripción (C.13.)
Prestaciones brindadas por otras empresas ajenas a ASSIST-CARD (C.10.)
Preexistente (definición) (C.2.)
Producto ASSIST-CARD adquirido (Ver Voucher)
Procedimiento para requerir asistencia (A.2.)
Reembolso de gastos médicos (C.4.1.12)
Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado (C.4.10)
Reembolso de gastos de comunicación (A.2.)
Regreso anticipado por siniestro grave en el domicilio (C.4.14)
Repatriación de restos (C.4.15)
Repatriación sanitaria (C.4.4)
Responsabilidad de ASSIST-CARD (C.11.)
Seguro de Accidentes Personales (Invalidez total y Permanente) (D.3.)
Seguro de Accidentes Personales (Muerte Accidental) (D.2.)
Seguro de Equipaje (Extravío y demora en la localización) (D.1.)
Servicios excluidos en el país de emisión de la tarjeta ASSIST-CARD (C.5.14)
Servicios legales en caso de accidente (C.4.17)
Servicios y gastos no contemplados en el contrato (C.10.)
Sistema de llamada por cobro revertido (A.2.)
Subrogación y cesión de derechos (C.8.)
Tarjeta ASSIST-CARD (definición) (C.2.)
Titular del servicio (disposiciones generales) (C.5.1)
Toll-free - sistema de llamada gratuita (A.2.)
Transmisión de mensajes urgentes (C.4.12)
Traslado de ejecutivos por emergencias (C.4.11)
Traslado de un familiar (C.4.6)
Traslados sanitarios (C.4.3)
Validez temporal de la tarjeta (C.5.3)
Validez territorial de la tarjeta (C.5.2)
Viaje de regreso (cambio de fecha) (C.4.8)
Voucher ASSIST-CARD (definición) (C.2.)
C.
CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS ASSIST-CARD - CONTRATO DE
ADHESIÓN
C.1. CONSIDERACIONES PREVIAS
C.1.1 ASSIST-CARD
es una organización
internacional de asistencia al viajero cuyo objeto es el de proporcionar,
entre otros, servicios de asistencia médica, jurídica y personal en situaciones
de emergencia durante el transcurso de un viaje.
C.1.2 Se
deja expresa constancia, y así lo acepta el Titular de la tarjeta, que los servicios ASSIST-CARD
no constituyen un seguro médico, ni una extensión o substituto de programas
de seguridad social ni de medicina prepaga. Los servicios y prestaciones
de ASSIST-CARD están exclusivamente orientados a la asistencia en viaje
de eventos súbitos e imprevisibles que impidan la normal continuación
del mismo.
C.1.3 Las presentes Condiciones
Generales de los servicios ASSIST-CARD rigen la prestación por parte de ASSIST-CARD de
los servicios asistenciales detallados a continuación, durante los viajes que
realice el Titular de una tarjeta ASSIST-CARD.
C.1.4 Para utilizar cualquiera de los servicios
ASSIST-CARD SERÁ OBLIGACIÓN DEL TITULAR haber elegido el producto ASSIST-CARD
de su preferencia y leído y aceptado los términos y condiciones aplicables
al mismo expresadas en las presentes Condiciones Generales de los servicios
ASSIST-CARD.
C.1.5 Los
servicios ASSIST-CARD se prestarán únicamente al Titular de la tarjeta ASSIST-CARD y son intransferibles
a terceras personas. Para recibir los servicios asistenciales aquí incluidos
el Titular deberá exhibir el voucher o tarjeta ASSIST-CARD válidos y
la documentación personal que acredite su identidad y las fechas de viaje
C.1.6 La
tarjeta ASSIST-CARD y los servicios derivados de la misma no tendrán validez alguna en el
país de residencia real y/o habitual del Titular y/o en el país donde
el producto fue emitido y/o en el país en el que el Titular se encontrare
al momento de ser emitida la tarjeta. Esta condición no es aplicable
a las tarjetas ASSIST-CARD con expresa validez dentro del mismo país
en que fueron emitidas.
C.1.7 Las
solicitudes de cancelación
y/o modificaciones de fechas de validez de tarjetas ASSIST-CARD pueden
efectuarse únicamente con una anticipación no menor a 2 (dos) días hábiles
al inicio de vigencia.
C.1.8 Las
solicitudes de cancelación
y/o modificación, realizadas dentro de las 48 hs. anteriores al inicio
de la vigencia del servicio de los productos ASSIST-CARD "EURO" tendrán
un costo de U$S 10.00 (o su equivalencia en moneda local) en concepto
de gastos administrativos. Los demás productos ASSIST-CARD tendrán un
costo de U$S 5.00 (o su equivalencia en moneda local) por el mismo concepto.
C.1.9 En
ningún caso se aceptarán
cancelaciones o modificaciones realizadas dentro de las 48 horas anteriores
al inicio de la validez, como tampoco cancelaciones o modificaciones
una vez iniciada la validez de la tarjeta ASSIST-CARD en cuestión, de
acuerdo a los términos expresados en el voucher.
C.2. DEFINICIONES
A todos los fines interpretativos, se deja expresa constancia que en
las presentes "Instrucciones de utilización de los servicios ASSIST-CARD" y
en las "Condiciones Generales de los servicios ASSIST-CARD" se entiende
por:
Accidente
El evento generativo de un daño corporal que sufre el Titular, causado por
agentes extraños, fuera de control y en movimiento, externos, violentos y visibles.
Siempre que se mencione el término "accidente" se entenderá que la lesión o
dolencia resultante fue provocada directamente por tales agentes e independientemente
de cualquier otra causa.
Central Operativa
La oficina que coordina la prestación de los servicios requeridos por
el titular con motivo de su asistencia.
Circunstancias Excepcionales
Todas aquellas situaciones extraordinarias, de presentación infrecuente,
indicadas en la Cláusula C.9. de las presentes Condiciones Generales.
Departamento
Médico
Grupo de profesionales de la salud que prestando servicios de supervisión,
control y/o coordinación para ASSIST-CARD intervienen y deciden en todos
aquellos asuntos y/o prestaciones brindadas o a brindarse en virtud de
las presentes Condiciones Generales y que están directa o indirectamente
relacionados con temas médicos.
Dolencia
y/o Afección
Los términos "dolencia" y/o "afección" se entenderán como sinónimos de "enfermedad" a
todos los efectos en las presentes Condiciones Generales.
Enfermedad Aguda
Proceso corto y relativamente severo de alteración del estado del cuerpo
o alguno de sus órganos, que pudiere interrumpir o alterar el equilibrio
de las funciones vitales, pudiendo provocar dolor, debilidad u otra manifestación
extraña al comportamiento normal del mismo.
Enfermedad Repentina o Imprevista
Enfermedad pronta, impensada, no prevista, contraída con posterioridad
a la fecha de inicio de vigencia de la Tarjeta ASSIST-CARD o a la fecha
de inicio
del viaje, la que sea posterior.
Monto Fijo Deducible
El monto fijo y determinado que será a cargo del Titular y deberá ser
abonado por éste al momento de brindársele la primera asistencia médica,
en concepto de pago inicial obligatorio por los gastos que dicha asistencia
origine.
Monto
Máximo Global
La suma de gastos que ASSIST-CARD abonará y/o reembolsará al Titular
por todo concepto y por todos los servicios brindados en virtud de las
presentes Condiciones Generales.
Monto
Máximo Global en caso de evento
múltiple
La suma de gastos que ASSIST-CARD abonará y/o reembolsará a todos los Titulares
afectados en caso de que un mismo evento provoque lesiones o el fallecimiento
de más de un Titular, por todo concepto y por todos los servicios brindados
en virtud de las presentes Condiciones Generales.
Porta Documentos
El material impreso que se le entrega al Titular antes de su viaje
y que contiene -entre otras constancias- la Tarjeta, el Voucher
con sus
datos personales y las características del Producto ASSIST-CARD adquirido,
el presente Cuadernillo de Instrucciones y Servicios, la Lista de teléfonos
desplegable, los Marbetes de equipaje y los Stickers para documentos.
Preexistente
Todo proceso fisiopatológico que reconozca un origen o etiología anterior
a la fecha de inicio de la vigencia de la tarjeta o del viaje (la que
sea posterior) y que sea factible de ser objetivado a través de métodos
complementarios de diagnóstico de uso habitual, cotidiano, accesible
y frecuente en todos los países del mundo (incluyendo pero no limitado
a: Doppler, Resonancia Nuclear Magnética, Cateterismo, etc.)
Tarjeta
La credencial que se entrega al Titular antes de su viaje, en el Porta
Documentos, y que contiene su nombre completo y el número, vigencia
y tipo de tarjeta ASSIST-CARD contratada.
Durante el viaje debe llevarla siempre con usted.
Titular
La persona que figura en el "voucher" como beneficiaria de los servicios
descriptos en el contrato de adhesión formalizado, integrado por dicho
voucher con más las Condiciones Generales adjuntas al mismo.
Voucher
El documento que se entrega al Titular antes de su viaje y que contiene
-entre otras constancias- sus datos personales, el número y tipo de
tarjeta ASSIST-CARD contratada, así como las Condiciones Particulares,
especificaciones y límites de la misma.
C.3. NÓMINA DE PAÍSES CON SERVICIOS
ASSIST-CARD
Alemania - Andorra - Arabia
Saudita - Argelia - Argentina - Aruba - Australia - Austria - Bélgica - Bolivia - Bonaire - Brasil - Bulgaria
- Canadá - Chile - China - Chipre - Colombia - Costa Rica - Croacia -
Cuba - Curaçao - Dinamarca - Ecuador - Egipto - El Salvador - Escocia
- España - Eslovaquia - Eslovenia - Estados Unidos - Estonia - Filipinas
- Finlandia - Francia - Grecia - Guatemala - Holanda - Honduras - Hong
Kong - Hungría - India - Inglaterra - Irlanda - Islandia - Islas Maldivas
- Islas Mauricio - Israel - Italia - Japón - Jordania - Kenia - Lesotho
- Letonia - Líbano - Liechtenstein - Lituania - Luxemburgo - Marruecos
- México - Mónaco - Nicaragua - Noruega - Nueva Zelanda - Panamá - Paraguay
- Perú - Polonia - Portugal - República Checa - República Dominicana
- Rumania - Rusia - Saint Maarten - San Marino - Serbia y Montenegro
- Singapur - Siria - Sri Lanka - Sudáfrica - Suecia - Suiza - Tahití -
Tailandia - Turquía - Ucrania - Uruguay - Venezuela.
En los países no incluidos en esta Nómina, ASSIST-CARD se limita únicamente
al reembolso de gastos médicos en las circunstancias y condiciones establecidas
en las Condiciones Generales de los servicios
C.4. SERVICIOS ASSIST-CARD
La siguiente es una enunciación taxativa de los servicios que ASSIST-CARD
brinda al Titular beneficiario del producto ASSIST-CARD adquirido.
RESULTA INDISPENSABLE REVISAR
EN EL VOUCHER LOS LIMITES Y TOPES MONETARIOS Y POR EDAD APLICABLES
AL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
C.4.1
ASISTENCIA MÉDICA
ASSIST-CARD pone a disposición del Titular su red mundial de Centrales de Alarma.
El Titular deberá comunicarse telefónicamente con una central ASSIST-CARD para
todo caso de enfermedad, accidente o emergencia para el cual necesite asistencia.
ASSIST-CARD brindará al Titular las condiciones para su oportuna atención,
sea remitiendo al profesional en cada caso o autorizando la atención en uno
cualquiera de los Centros Asistenciales u hospitales disponibles en el área
de ocurrencia del evento cuya asistencia se solicita. El Titular se obliga
a dar aviso a ASSIST-CARD tantas veces como asistencias requiera. A partir
de la primera asistencia o servicio prestado, el Titular deberá siempre comunicarse
con ASSIST-CARD para obtener la autorización de nuevas asistencias o servicios
originados en la misma causa que el primer evento.
IMPORTANTE: Los servicios de asistencia
médica a ser brindados por ASSIST-CARD se limitan a tratamientos de urgencia
de cuadros agudos y están orientados a la asistencia en viaje de eventos súbitos
e imprevisibles donde se haya diagnosticado una enfermedad clara, comprobable
y aguda que impida la normal continuación de un viaje y por la misma razón
no están diseñados ni se contratan ni se prestan para procedimientos electivos
o para adelantar tratamientos o procedimientos de larga duración sino para
garantizar la recuperación inicial y las condiciones físicas que permitan la
normal continuación del viaje.
Los servicios de asistencia médica antes mencionados
incluyen:
C.4.1.1
Consultas médicas
Se prestará asistencia médica en caso de accidente o "enfermedad aguda
e imprevista". Producida una enfermedad o lesión que imposibilite la
continuación normal del viaje del Titular, éste podrá utilizar sin cargo
alguno los servicios de los profesionales y/o establecimientos sanitarios
que en el caso le sean indicados y/o autorizados por ASSIST-CARD.
Las enfermedades benignas
y heridas leves que no imposibiliten la continuación
normal del viaje, no darán lugar a esta asistencia, aunque el Titular
podrá solicitar el reembolso de gastos por él efectuados con motivo de
la misma, si éstos se ajustan a las presentes Instrucciones de utilización
de los servicios ASSIST-CARD y de las Condiciones Generales de los servicios
ASSIST-CARD.
Los servicios de asistencia médica a ser brindados por ASSIST-CARD se limitan
al tratamiento de emergencia de los síntomas agudos que impidan la continuación
del viaje. A menos que esté explícitamente aclarado dentro de las características
del producto ASSIST-CARD adquirido, todas las afecciones preexistentes, conocidas
o no por el Titular, crónicas o no, están expresamente excluidas, como así también
sus consecuencias y/o complicaciones, aún cuando estas consecuencias y/o complicaciones
aparezcan por primera vez durante el viaje. En este sentido ASSIST-CARD abonará a
su entera discreción, únicamente la primera consulta clínica que permita determinar
que la afección es preexistente y sólo hasta un monto máximo de U$S 300.00
(trescientos dólares estadounidenses) o su equivalente en moneda local.
NOTA: En algunos países y principalmente en
los Estados Unidos de Norteamérica, por razones de estandarización informática
algunos Centros Médicos suelen enviar reclamos de pago a los pacientes atendidos,
inclusive aun después de haberse saldado las cuentas. En caso que ello ocurra,
sírvase contactar a la oficina ASSIST-CARD en el país donde adquirió su Tarjeta
para informar esta situación.
C.4.1.2 Atención por especialistas
Se prestará asistencia médica por especialistas cuando ésta sea indicada o
requerida por el equipo médico de urgencia y autorizada previamente por la
Central ASSIST-CARD correspondiente.
C.4.1.3 Exámenes médicos complementarios
Se procederá a efectuar exámenes complementarios cuando sean indicados por
el equipo médico de urgencia y autorizados por la Central ASSIST-CARD correspondiente.
C.4.1.4 Terapia de recuperación física en caso
de traumatismo
Si el Departamento Médico de ASSIST-CARD lo autorizara y habiendo sido prescripto
por el médico tratante, ASSIST-CARD tomará a su cargo hasta 10 (diez) sesiones
de fisioterapia, quinesioterapia, etc.
C.4.1.5 Medicamentos
ASSIST-CARD se hará cargo de los gastos de medicamentos recetados por su equipo
médico para la afección que diera lugar a la asistencia al Titular, durante
la vigencia de la Tarjeta y hasta los límites indicados en su voucher según
se trate de:
C.4.1.5.1 Asistencias ambulatorias
C.4.1.5.2 Asistencias durante la hospitalización
del Titular: Cuando este limite no aplique ASSIST-CARD asumirá hasta la suma
indicada en el ítem C.4.1.5.1 ya sea que el servicio se brinde mientras el
Titular se encuentre hospitalizado o no.
C.4.1.5.3 Asistencias en el país de emisión
de la Tarjeta
Cuando la medicación a ser provista por ASSIST-CARD no esté prontamente disponible
y el Titular deba hacer uso de la misma en situaciones de emergencia, los desembolsos
realizados por estos conceptos le serán reembolsados cuando corresponda, contra
la presentación a ASSIST-CARD de los comprobantes fehacientes y hasta el límite
indicado en su voucher.
VERIFIQUE LOS "LIMITES Y TOPES MONETARIOS Y POR EDAD" ESTABLECIDOS
EN SU VOUCHER APLICABLES AL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
C.4.1.6 Odontología de urgencia
ASSIST-CARD se hará cargo de los gastos por atención odontológica de urgencia
en casos de infección o trauma. La atención odontológica estará limitada únicamente
al tratamiento del dolor y/o extracción de la pieza dentaria y no podrán exceder
los U$S 150.00 por pieza dentaria, aun cuando el limite indicado en su voucher
sea superior.
Consulte en su voucher los limites:
C.4.1.6.1 Asistencias internacionales
C.4.1.6.2 Asistencias en el país de
emisión de la Tarjeta
VERIFIQUE EN SU VOUCHER LA RESPONSABILIDAD ECONOMICA
ASUMIDA POR ASSIST-CARD POR ESTE CONCEPTO Y APLICABLE AL PRODUCTO ASSIST-CARD
ADQUIRIDO POR UD.
C.4.1.7 Hospitalizaciones
Cuando el equipo médico de ASSIST-CARD así lo prescriba, se procederá a la
hospitalización del Titular en el Centro Asistencial más próximo y adecuado
según el exclusivo criterio del Departamento Médico de ASSIST-CARD. Dicha hospitalización
estará a cargo de ASSIST-CARD durante todo el período de vigencia de la tarjeta,
más 7 (siete) días complementarios a contar desde el momento de finalización
de la vigencia del producto contratado. Los días complementarios comprenderán única
y exclusivamente gastos de hotelería hospitalaria y siempre y cuando el "Monto
Máximo Global" por asistencia médica indicado en su voucher no haya sido ya
alcanzado.
C.4.1.8 Intervenciones quirúrgicas
Se procederá a realizar las intervenciones quirúrgicas al Titular en los casos
de emergencia que requieran urgentemente ese tratamiento y exclusivamente cuando
el Departamento Médico y la correspondiente central ASSIST-CARD lo autoricen.
VERIFIQUE
LOS "LIMITES Y TOPES MONETARIOS
Y POR EDAD" ESTABLECIDOS EN SU VOUCHER APLICABLES AL PRODUCTO ASSIST-CARD
ADQUIRIDO POR UD.
C.4.1.9 Terapia intensiva y unidad coronaria
Cuando la naturaleza de la enfermedad o lesiones del Titular así lo requieran,
se procederá a tratamientos de terapia intensiva y unidad coronaria. En todos
los casos deberá existir autorización del Departamento Médico de ASSIST-CARD
como requisito indispensable para que ASSIST-CARD asuma la responsabilidad
económica por dichos tratamientos.
C.4.1.10 Límite de gastos de asistencia médica.
Monto Máximo Global
El monto total de gastos por todos los servicios detallados en la Cláusula
C.4. no podrá exceder el "Monto Máximo Global" indicado en su voucher.
A fines interpretativos, se aclara que en los productos donde el Monto Máximo
Global este expresado en más de una moneda y difieran uno del otro, los referidos
Montos no serán complementarios entre sí, por lo que las sumas computadas como
gastos en asistencias brindadas para cualquiera de dichos Montos serán deducibles
entre si.
En su voucher encontrará el valor de cada Monto Máximo Específico aplicable
a:
C.4.1.10.1 Asistencia médica por accidente.
C.4.1.10.2 Asistencia médica por "enfermedades
no preexistentes".
C.4.1.10.3 Asistencia médica por "enfermedades
preexistentes", siempre que el producto ASSIST-CARD adquirido específicamente
incluya este beneficio.
C.4.1.10.4 Asistencia médica en el país
de emisión de la Tarjeta ASSIST-CARD (Este monto se aplicará para asistencias
derivadas de enfermedades y/o accidentes y sólo en los casos en que el producto
adquirido incluya este beneficio).
C.4.1.10.5 Monto
Máximo Global
en caso de evento múltiple.
VERIFIQUE
LOS "LIMITES Y TOPES MONETARIOS
Y POR EDAD" ESTABLECIDOS EN SU VOUCHER APLICABLES AL PRODUCTO ASSIST-CARD
ADQUIRIDO POR UD.
C.4.1.11 Deducible aplicable a gastos
médicos
El Monto fijo deducible será aplicable a los gastos médicos del Titular
y a aquellos productos ASSIST-CARD que tengan incluido este concepto
en su voucher.
IMPORTANTE:
ESTA CONDICIÓN ES APLICABLE
SOLO A ALGUNOS PRODUCTOS ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER SI EL
PRODUCTO POR UD. ADQUIRIDO CUENTA CON MONTO DEDUCIBLE Y CUAL ES LA
SUMA DETERMINADA PARA EL MISMO
C.4.1.12 Reembolso de gastos médicos
ASSIST-CARD efectuará reembolso de gastos médicos realizados en una situación
de emergencia, siempre y cuando hayan sido previamente autorizados por el Departamento
Médico de ASSIST-CARD y no excedan los aranceles y precios en uso, regulares
y vigentes en el país y/o lugar en que fueron efectuados. Las tarifas y aranceles
permanentemente actualizados, se encuentran a disposición del interesado en
las oficinas de ASSIST-CARD de cada uno de los países en los que ésta presta
servicios. Estos gastos le serán reembolsados por ASSIST-CARD contra la presentación
de comprobantes fehacientes y hasta el límite indicado en su voucher y correspondiente
al producto ASSIST-CARD adquirido.
Los gastos médicos realizados en situaciones de emergencia o en países donde
ASSIST-CARD no presta asistencia, serán reembolsados al titular de la tarjeta
siempre y cuando éste haya dado cumplimiento a lo indicado en las Cláusulas
A- INSTRUCCIONES PARA UTILIZAR CORRECTAMENTE LOS SERVICIOS ASSIST-CARD y C.7.-
OBLIGACIONES DEL TITULAR. Los reembolsos se harán efectivos en las oficinas
de ASSIST-CARD.
VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS CARACTERÍSTICAS, LIMITACIONES
Y "MONTO MAXIMO GLOBAL DE GASTOS MEDICOS" APLICABLE AL PRODUCTO ASSIST-CARD
ADQUIRIDO POR UD.
C.4.2 EXCLUSIÓN DE DOLENCIAS PREEXISTENTES Y DOLENCIAS CRÓNICAS
A menos que el voucher ASSIST-CARD
indique lo contrario, quedan expresamente excluidas de los servicios
asistenciales de ASSIST-CARD todas las dolencias
preexistentes, crónicas o no, así como las dolencias crónicas, conocidas
o no por el Titular, como también sus consecuencias y agudizaciones,
aún cuando las mismas aparezcan por primera vez durante el viaje. En
estos casos ASSIST-CARD sólo reconocerá, si a su exclusivo criterio correspondiese,
la primera consulta clínica por la que se determine la preexistencia
de la enfermedad, y sólo hasta un máximo de U$S 300.00 (trescientos dólares
estadounidenses) o su equivalencia en moneda local.
ALGUNOS PRODUCTOS ASSIST-CARD INCLUYEN
BENEFICIOS EN CASO DE DOLENCIAS CRONICAS O PRE-EXISTENTES. VERIFIQUE
EN SU VOUCHER LAS CARACTERISTICAS DEL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO
POR UD.
C.4.3 TRASLADOS SANITARIOS
En casos de emergencia ASSIST-CARD
organizará el traslado del Titular
al centro asistencial más próximo para que reciba atención médica. Cuando
el Departamento Médico de ASSIST-CARD aconseje el traslado a otro centro
asistencial más adecuado, se procederá a la organización del mismo, según
las posibilidades del caso, en las condiciones y medios autorizados por
la central ASSIST-CARD interviniente y exclusivamente dentro de los límites
territoriales del país donde haya ocurrido el evento. Un médico o enfermera,
según corresponda, acompañará, cuando sea necesario, al herido o enfermo.
NOTA: Únicamente razones de índole médica,
evaluadas a criterio exclusivo del Departamento Médico de ASSIST-CARD serán
tenidas en cuenta para decidir la procedencia y/o urgencia del traslado del
Titular. Si el Titular y/o sus familiares decidieran efectuar un traslado dejando
de lado la opinión del Departamento Médico de ASSIST-CARD, ninguna responsabilidad
recaerá sobre ASSIST-CARD por dicho accionar, siendo el traslado, su costo
y sus consecuencias únicamente por cuenta y riesgo del Titular y/o sus familiares.
C.4.4 REPATRIACION SANITARIA
La repatriación sanitaria del Titular se realizará únicamente cuando
el Departamento Médico de ASSIST-CARD lo estime necesario, y exclusivamente
como consecuencia de un accidente grave. La repatriación del Titular
herido hasta el país de su residencia se efectuará en avión de línea
aérea regular, con acompañamiento médico o de enfermera si correspondiese,
sujeto a la disponibilidad de plazas. Esta repatriación deberá ser expresamente
autorizada y coordinada por la central ASSIST-CARD interviniente. Si
el Titular y/o sus familiares decidieran efectuar una repatriación sanitaria
dejando de lado la opinión del Departamento Médico de ASSIST-CARD, ninguna
responsabilidad recaerá sobre ASSIST-CARD por dicho accionar, siendo
la repatriación, su costo y sus consecuencias únicamente por cuenta y
riesgo del Titular y/o sus familiares. Las repatriaciones sanitarias
a consecuencia de enfermedades, sean éstas de cualquier tipo, están expresamente
excluidas de la responsabilidad de ASSIST-CARD.
EL SERVICIO DE REPATRIACION SANITARIA ESTA
EXCLUIDO EN ALGUNOS PRODUCTOS ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS
CARACTERÍSTICAS
Y LA RESPONSABILIDAD ECONOMICA POR ESTE CONCEPTO ASUMIDA POR ASSIST-CARD APLICABLES
AL PRODUCTO ADQUIRIDO POR UD.
C.4.5 ACOMPAÑAMIENTO DE MENORES
Si un Titular viajara como única compañía de uno o más menores de quince
años, siendo también éste o éstos Titular(es) de una tarjeta ASSIST-CARD,
y se encontrara imposibilitado para ocuparse del o de los mismo(s) por
causa de enfermedad o accidente acaecido durante el viaje, ASSIST-CARD
a su cargo, organizará el desplazamiento de un familiar, para que el
mismo acompañe al (a los) menor(es) de regreso al lugar de su residencia
permanente. La elección de el(los) medio(s) a utilizarse para el acompañamiento
de los menores quedarán a exclusivo criterio de ASSIST-CARD.
C.4.6 TRASLADO DE UN FAMILIAR
En caso de que el Titular
viajando solo, se encuentre hospitalizado en el extranjero, habiendo
sido dicha hospitalización autorizada por
el Departamento Médico de ASSIST-CARD y siempre y cuando la hospitalización
prevista para el Titular fuera superior a 10 (diez) días, ASSIST-CARD
se hará cargo del costo del traslado de un familiar, mediante la compra
de un billete aéreo en clase turista o económica, sujeto a disponibilidad
de lugar, para que éste acompañe al Titular durante dicho período de
hospitalización. Este beneficio se otorgará únicamente en la medida que
todo el período de hospitalización previsto esté comprendido dentro de
la vigencia de la tarjeta ASSIST-CARD mas 7(siete) días complementarios.
C.4.7 ESTANCIA DE UN FAMILIAR
Cuando ASSIST-CARD hubiere
efectuado el traslado de un familiar del Titular para que acompañe al mismo mientras se encuentre hospitalizado, ésta
se hará cargo de los gastos de la estancia del familiar trasladado por
un período máximo de 10 (diez) días siempre que el Titular se encontrare
solo en el extranjero, es decir sin compañía o relación personal o familiar
alguna, durante dicho periodo.
Los gastos asumidos por ASSIST-CARD los encontrará en su voucher con los siguientes
límites:
C.4.7.1 Limite diario
C.4.7.2 Limite total
VERIFIQUE EN SU VOUCHER LA RESPONSABILIDAD
ECONOMICA ASUMIDA POR ASSIST-CARD POR ESTE CONCEPTO Y APLICABLE AL
PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
C.4.8 DIFERENCIA DE TARIFA POR VIAJE DE REGRESO RETRASADO O ANTICIPADO
C.4.8.1 Regreso por enfermedad o accidente
ASSIST-CARD se hará cargo de la diferencia del costo del pasaje aéreo de regreso
del Titular en clase turista o económica, cuando su pasaje original sea de
ida y vuelta, de tarifa reducida, con fecha fija o fecha limitada de regreso,
y no se pueda respetar dicha fecha a raíz de enfermedad o accidente del Titular.
Este beneficio sólo será aplicable cuando el Titular hubiere sido asistido
médicamente con autorización de la Central ASSIST-CARD correspondiente. Los
denominados Eventos Excluidos en las Cláusulas C.4.2, C.5.12 y C.5.13 no contarán
con el presente beneficio.
C.4.8.2 Regreso por fallecimiento de familiar
Igual beneficio que el establecido el Item C.4.8.1 regirá si el Titular debiera
regresar anticipadamente a su país de residencia habitual y permanente por
fallecimiento en el mismo de un familiar directo (padre, cónyuge, hijo/a o
hermano/a) allí residente.
NOTA: En ambos casos las circunstancias que
den lugar a este beneficio deberán ser demostradas por el Titular, y comprobadas
en forma fehaciente por ASSIST-CARD. El pago del viaje de regreso por parte
del Titular y/o de terceros no será pasible de reembolso. El beneficio de viaje
de regreso sólo se brindará dentro del período de vigencia de la tarjeta ASSIST-CARD.
Cuando se haya brindado este servicio, el Titular deberá transferir a ASSIST-CARD
el (los) cupón(es) correspondiente(s) al (a los) tramo(s) no utilizado(s) del
boleto aéreo original o su contravalor.
C.4.9 GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA
ASSIST-CARD reembolsará al Titular gastos de hotel, únicamente en concepto
de alojamiento (es decir sin extras), siempre que exista autorización
previa otorgada al Titular por parte de la central ASSIST-CARD interviniente,
cuando el médico tratante prescribiere reposo forzoso luego de una hospitalización.
Para obtener este beneficio el Titular deberá haber estado hospitalizado
por un periodo mínimo de 5 (cinco) días, y dicha hospitalización deberá haber
sido fehacientemente autorizada por la Central ASSIST-CARD. Dichos gastos
de hotel tendrán:
C.4.9.1 Un limite diario, y
C.4.9.2 un máximo total
ESTE BENEFICIO SE ENCUENTRA INCLUIDO SOLO EN ALGUNOS PRODUCTOS
ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS CARACTERÍSTICAS Y LA RESPONSABILIDAD
ECONÓMICA ASUMIDA POR ASSIST-CARD EN ESTE ITEM APLICABLE AL PRODUCTO ADQUIRIDO
PARA UD.
C.4.10 REEMBOLSO DE GASTOS POR VUELO DEMORADO
O CANCELADO
Si el vuelo del Titular fuera
demorado por más de 6 (seis) horas consecutivas
desde la hora de partida programada originalmente, y siempre y cuando
no tenga ninguna otra alternativa de transporte durante esas 6 (seis)
horas, ASSIST-CARD reembolsará los gastos en concepto de alojamiento,
alimentación, taxi y comunicaciones realizados por el Titular durante
el lapso de la demora y hasta el límite indicado en su voucher. ASSIST-CARD
sólo reembolsará estos gastos contra presentación de comprobantes que
acrediten en forma fehaciente los gastos en los que el titular hubiere
incurrido, y contra constancia de la compañía aérea certificando la demora
o cancelación sufrida. Para percibir este reembolso el Titular deberá haber
contactado a la central ASSIST-CARD más cercana antes de abandonar el
aeropuerto donde ocurrió el hecho.
NOTA: Este beneficio no se brindará si el Titular
viajara con un pasaje sujeto a disponibilidad de espacio ni a algún destino
ubicado dentro del mismo país donde se adquirió la tarjeta ASSIST-CARD. Este
servicio no se aplica si la cancelación se debe a la quiebra y/o cesación de
servicios de la línea aérea, o a alguna de las circunstancias descriptas en
la Cláusula C.9. "Circunstancias excepcionales y/o de fuerza mayor" de las
presentes Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD.
ESTE BENEFICIO SE ENCUENTRA INCLUIDO SOLO EN ALGUNOS PRODUCTOS
ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS CARACTERÍSTICAS Y LA RESPONSABILIDAD
ECONÓMICA ASUMIDA POR ASSIST-CARD APLICABLES AL PRODUCTO ADQUIRIDO POR UD.
C.4.11 TRASLADO DE EJECUTIVOS POR EMERGENCIA
En el caso que el Titular
se encontrara en viaje de negocios en el exterior y fuera hospitalizado
por ASSIST-CARD a consecuencia de una emergencia
médica grave que le impida proseguir con el objetivo de su viaje profesional,
ASSIST-CARD tomará a su cargo el pasaje de la persona que la empresa
del Titular designe a fin de reemplazar al Titular hospitalizado. Este
pasaje será adquirido por ASSIST-CARD en la misma clase en la cual adquirió el
pasaje el ejecutivo a ser reemplazado y estará sujeto a disponibilidad
de las líneas aéreas. El ejecutivo reemplazante deberá adquirir, al momento
de iniciar el viaje y por toda la duración del mismo, el mismo producto
de asistencia ASSIST-CARD que poseía el ejecutivo reemplazado.
ESTE SERVICIO SE ENCUENTRA INCLUIDO SOLO EN ALGUNOS
PRODUCTOS ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER SI ESTE BENEFICIO ESTA INCLUIDO
EN EL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
C.4.12 TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTES
ASSIST-CARD se encargará de
transmitir los mensajes urgentes y justificados, relativos a cualquiera
de los eventos objeto de las prestaciones contempladas
en las presentes Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD.
C.4.13 ASISTENCIA EN CASO DE ROBO O EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS,
ETC.
ASSIST-CARD asesorará al Titular sobre los procedimientos a seguir localmente
en el caso que le hayan sido robados o haya extraviado sus documentos
personales, billetes aéreos y/o tarjetas de crédito. Dicho asesoramiento
no comprenderá en ningún caso la realización de aquellos trámites personales
que el Titular debiere realizar con motivo del robo y/o extravío ocurrido.
ASSIST-CARD no se hará cargo de gastos o costos inherentes al reemplazo
de documentos personales, billetes aéreos, tarjetas de crédito robados
o extraviados.
C.4.14 REGRESO ANTICIPADO POR SINIESTRO GRAVE
EN EL DOMICILIO
En caso de siniestro grave
(incendio, inundación, explosión o robo con
daños y violencia) en el domicilio real y permanente del Titular mientras éste
se encuentre de viaje con una tarjeta ASSIST-CARD, siempre y cuando no
haya ninguna persona que pueda hacerse cargo de la situación y su pasaje
original de regreso no le permita el cambio gratuito de fecha, ASSIST-CARD
tomará a su cargo el pago de la penalidad o diferencia de tarifa que
corresponda o el costo de un nuevo pasaje en clase turista o económica
desde el lugar en que el Titular se encuentre hasta su domicilio permanente.
El evento que pueda generar esta asistencia deberá ser acreditado fehacientemente
mediante la denuncia policial correspondiente. Cuando se haya brindado
este servicio, el titular deberá transferir a ASSIST-CARD el(los) cupón(es)
no utilizado(s) del boleto aéreo original o su contravalor.
C.4.15 REPATRIACIÓN FUNERARIA
En caso de fallecimiento del
Titular, ASSIST-CARD organizará la repatriación
funeraria y tomará a su cargo:
1) el costo del féretro necesario
para el transporte.
2) los trámites administrativos.
3) el transporte hasta el aeropuerto de ingreso
al país de residencia permanente del Titular por el medio que ASSIST-CARD considere
más conveniente.
NOTA: Los gastos de féretro definitivo,
los trámites funerarios y los traslados dentro del país de residencia e inhumación
del Titular fallecido no estarán en ningún caso a cargo de ASSIST-CARD. El
servicio de repatriación funeraria se brindará únicamente si la intervención
de ASSIST-CARD es solicitada en forma inmediata al fallecimiento. ASSIST-CARD
quedará eximida y no será responsable por el traslado de los restos, ni efectuará reembolso
alguno por este concepto en caso de que empresas funerarias u otros terceros
tomen intervención antes que ASSIST-CARD o sin su autorización expresa.
ASSIST-CARD no se hará cargo de la repatriación funeraria ni de sus gastos
en los casos de muerte producida por:
a) Narcóticos o estupefacientes
b) Suicidio
c) En caso de que el fallecimiento haya sido
consecuencia de una enfermedad preexistente padecida por el Titular, siendo
el tratamiento de la misma la causa del viaje.
C.4.16
LOCALIZACIÓN DE EQUIPAJES
ASSIST-CARD asistirá al Titular en el exterior con todos los medios
a su alcance para intentar localizar equipajes extraviados que hubieren
sido despachados en la bodega del mismo vuelo internacional en el que
viajaba el Titular de la tarjeta. En el porta documentos ASSIST-CARD
se provee al Titular de marbetes codificados para la identificación de
su equipaje. A los efectos de facilitar la identificación del equipaje
en caso de extravío, es requisito mantener estos marbetes adheridos o
sujetos al equipaje durante todo el viaje.
NOTA: ASSIST-CARD
no asume responsabilidad alguna por equipajes extraviados y no localizados.
Algunos productos
ASSIST-CARD incluyen sin costo adicional seguro(s) de indemnización por
equipajes demorados y/o extraviados de acuerdo a lo expresado en la Cláusula
D.1. Seguro por Extravío y Demora en la Localización del Equipaje.
ALGUNOS
PRODUCTOS ASSIST-CARD INCLUYEN INDEMNIZACION POR EQUIPAJE DEMORADO
Y/O EXTRAVIADO. VERIFIQUE EN SU
VOUCHER LA RESPONSABILIDAD ECONOMICA ASUMIDA POR LA COMPAÑIA DE SEGUROS
APLICABLE AL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
C.4.17 ASISTENCIA LEGAL POR RESPONSABILIDAD EN UN ACCIDENTE
En caso de imputársele al Titular responsabilidad en un accidente en
un país donde ASSIST-CARD brinda asistencia (ver Nómina de Países, Cláusula
C.3. de estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD), ésta
pondrá a disposición del Titular que lo solicite un abogado para que
se haga cargo de su defensa civil o criminal.
C.4.17.1 ASSIST-CARD adelantará, en
concepto de préstamo y a ser devueltos por el Titular, los importes en concepto
de honorarios y gastos causídicos o
C.4.17.2 se hará cargo de los mismos hasta el
límite establecido en el producto ASSIST-CARD adquirido.
C.4.17.3 ASSIST-CARD
adelantará,
en concepto de préstamo y a ser devueltos por el Titular, hasta el importe
indicado en su voucher en concepto de honorarios y gastos causídicos
cuando la asistencia se brinde en el país de emisión de la Tarjeta ASSIST-CARD
adquirida.
VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS CARACTERISTICAS Y LA RESPONSABILIDAD
ECONOMICA ASUMIDA POR ASSIST-CARD POR ESTE CONCEPTO APLICABLES AL PRODUCTO
ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
C.4.18 ANTICIPO DE FONDOS PARA FIANZAS
Si el Titular fuera detenido
por imputársele responsabilidad criminal
en un accidente, podrá recurrir a ASSIST-CARD para obtener un préstamo
a fin de afrontar la fianza que le fuera exigida para su libertad condicional.
El otorgamiento del préstamo al Titular en estas circunstancias, estará sujeto
a las condiciones que establezca ASSIST-CARD en cada caso y que el Titular
deberá aceptar.
C.4.19 ASISTENCIA LEGAL PARA REALIZAR RECLAMOS
A RAIZ DE ACCIDENTES
Si el Titular requiriese asistencia
legal para realizar reclamos o efectuar demandas a terceros por daños u otra compensación a raíz de accidentes
en los países en que ASSIST-CARD brinda sus servicios (ver Nómina de
Países, Cláusula C.3. de estas Condiciones Generales de los Servicios
ASSIST-CARD), ésta pondrá un abogado a disposición del Titular para tal
efecto. Serán a exclusivo cargo del Titular la contratación de los servicios
profesionales, así como el pago de todos los honorarios y gastos que
el caso genere.
NOTA: La obligación de ASSIST-CARD se limita
a la puesta a disposición de un profesional. En todos los casos, los abogados
designados o recomendados por ASSIST-CARD serán considerados como agentes del
Titular sin derecho a reclamo o indemnización alguna en contra de ASSIST-CARD
por haber propuesto a determinados profesionales.
C.5. DISPOSICIONES GENERALES
C.5.1 TITULAR DEL SERVICIO
Los servicios brindados por
ASSIST-CARD se prestarán únicamente al Titular
de la tarjeta ASSIST-CARD y son intransferibles a terceras personas.
Para recibir los servicios asistenciales aquí incluidos el Titular deberá exhibir
la tarjeta credencial y/o voucher de ASSIST-CARD y juntamente con ello
toda la documentación personal que pudiere ser solicitada por ASSIST-CARD
a fin de acreditar su identidad, como así también cualquier otro dato
relativo a lugares y fechas del viaje objeto del servicio contratado.
C.5.2 VALIDEZ TERRITORIAL
C.5.2.1 Internacional
Los servicios asistenciales se brindarán únicamente en los países donde ASSIST-CARD
presta sus servicios (ver Nómina de Países, Cláusula C.3. de estas Condiciones
Generales de los Servicios ASSIST-CARD),). La prestación de dichos servicios
en ningún caso será llevada a cabo en el país de residencia habitual del Titular
y/o en el país de emisión de la tarjeta ASSIST-CARD y/o en el país donde se
encuentre el Titular en el momento de adquirir el producto ASSIST-CARD. Los
gastos incurridos por asistencias en países que no figuran en la Nómina de
Países en la Cláusula C.3. a excepción del país de residencia del Titular,
serán reembolsados sólo si corresponden y según los términos de las Instrucciones
de Utilización y de las Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD.
C.5.2.2 Nacional
Los servicios asistenciales para productos ASSIST-CARD con alcance y validez
dentro del país de emisión de la Tarjeta se prestarán dentro de los límites
territoriales del mismo y a partir de 100 Km (cien kilómetros) de distancia
contados desde el lugar de residencia habitual del Titular y sólo cuando éste
se encuentre transitoriamente de viaje. En todos los casos de asistencia brindada
dentro del país de emisión de la tarjeta, la responsabilidad económica de ASSIST-CARD
será siempre y sin excepción, complementaria y en subsidio a la responsabilidad
económica que pudiere corresponderle a la obra social y/o empresa de medicina
prepaga y/o seguro de salud y/o póliza de seguro de cualquier tipo y/o servicio
alguno del(os) cual(es) fuere beneficiario el Titular.
NOTA: ASSIST-CARD
tendrá derecho
a exigir al Titular el reembolso inmediato de todos los gastos indebidamente
efectuados en caso de haberse abonado algún servicio que -de haberse
comprobado previamente la responsabilidad económica de la obra social
y/o empresa de medicina prepaga y/o seguro de salud y/o póliza de seguro
de cualquier tipo y/o servicio alguno del(os) cual(es) fuere beneficiario
el Titular- no se hubiera abonado o se hubiera abonado sólo parcialmente.
Independientemente de que la asistencia de ASSIST-CARD se brinde como
consecuencia de un accidente o una enfermedad, el Monto Máximo Global
de Gastos Médicos dentro del país de emisión de la tarjeta será el indicado
en su voucher.
VERIFIQUE EN SU VOUCHER SI EL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO
POR UD. INCLUYE ASISTENCIA EN EL PAÍS DE EMISIÓN.
C.5.3 VALIDEZ TEMPORAL
ANTES DE VIAJAR VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS FECHAS DE
VIGENCIA DEL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
Los servicios asistenciales a ser brindados por ASSIST-CARD tendrán validez única
y exclusivamente durante la vigencia indicada en la tarjeta y/o voucher ASSIST-CARD.
La vigencia se iniciará a partir de la cero hora de la fecha indicada como
inicio del período de validez del servicio en el voucher de ASSIST-CARD y se
extenderá por los días efectivamente abonados a la tarifa establecida por ASSIST-CARD
para el producto adquirido en la fecha de la emisión del mismo.
La validez temporal de los servicios ASSIST-CARD indicada en el parágrafo precedente
estará limitada en todos los casos en forma complementaria a:
1. la cantidad máxima de días consecutivos
por viaje establecidos en el voucher ASSIST-CARD, y/o
2. a los días de vigencia indicados
en su voucher ASSIST-CARD, y/o
3. al período máximo de estadía turística autorizado
por las autoridades migratorias del país de destino del Titular, independientemente
de la cantidad de países que visite durante la vigencia de la tarjeta.
NOTA: Estas
limitaciones serán
aplicables aún cuando la tarjeta ASSIST-CARD haya sido contratada y emitida
por un lapso mayor.
C.5.4 DIAS CONSECUTIVOS DE VIAJE
C.5.4.1 Viajes internacionales
Para establecer el período de días consecutivos por viaje se tomarán como base
las fechas de salida y regreso al país de residencia permanente y habitual
del Titular y/o lugar donde originalmente hubiere sido emitida la tarjeta ASSIST-CARD.
ESTA CONDICION SE APLICA A ALGUNOS PRODUCTOS
ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER SI EL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO
POR UD. INCLUYE LIMITACION DE DIAS CONSECUTIVOS POR VIAJE.
C.5.4.2 Viajes dentro del mismo país de residencia
del Titular
Para establecer el período de días consecutivos por viaje se tomarán como base
las fechas de salida y regreso al domicilio o residencia habitual del Titular.
Deberán entenderse por viaje, destinos a más de 100 Km (cien kilómetros) de
distancia del domicilio del Titular.
ESTA CONDICION SE APLICA A ALGUNOS PRODUCTOS
ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER SI EL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO
POR UD. INCLUYE SERVICIOS EN EL MISMO PAIS DE EMISION DE LA TARJETA.
C.5.5 DETERMINACIÓN DEL TIPO DE SERVICIO/PRODUCTO
Únicamente el importe abonado por el Titular determinará el tipo de
producto adquirido y por lo tanto las características y limitaciones
del mismo. En caso de que existieren diferencias entre los datos consignados
en el voucher y/o tarjeta referidos a la vigencia y/o tarifa aplicable
al producto ASSIST-CARD contratado, respecto de la efectivamente abonada
por el Titular, se tendrán por válidos los datos correspondientes a ésta última.
C.5.6 LIMITES APLICABLES
Los límites monetarios indicados en el voucher ASSIST-CARD serán aplicables
por el periodo total de vigencia de la tarjeta ASSIST-CARD adquirida.
Dicho período total de vigencia será considerado como único y absoluto,
sin perjuicio que dentro del plazo comprendido durante mismo, el Titular
realizara más de un viaje.
C.5.7 FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA
La finalización de la vigencia de la tarjeta ASSIST-CARD implicará automáticamente
el cese de todos los servicios detallados en estas Condiciones Generales,
incluyendo aquellas asistencias iniciadas y en curso al momento del fin
de la vigencia, salvo el supuesto de internación hospitalaria detallado
en la Cláusula C.4.1.7. Los servicios de ASSIST-CARD dejarán de tener
validez a partir del instante que el Titular interrumpa en forma imprevista
su viaje, cualquiera sea la razón, y regrese a su lugar de residencia
habitual o al país de emisión de la tarjeta. En tal caso el Titular no
tendrá derecho a reclamar reembolso alguno por el período de tiempo no
utilizado de su tarjeta ASSIST-CARD.
ANTES
DE VIAJAR, VERIFIQUE EN SU VOUCHER LOS PERÍODOS DE VIGENCIA Y VALIDEZ
DEL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
C.5.8 GRABACIÓN Y MONITOREO DE LAS
COMUNICACIONES
ASSIST-CARD se reserva el
derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación
de sus servicios. El Titular presta expresa conformidad con la modalidad
indicada y la eventual utilización de los registros como medio de prueba
en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
C.5.9 ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS
Los servicios médicos y responsabilidades económicas expresados en estas
Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD sólo regirán para
accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad
a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta ASSIST-CARD o a la fecha
de inicio del viaje de su Titular, la que sea posterior. ASSIST-CARD
se reserva el derecho de investigar la veracidad de la declaración del
Titular en este sentido.
C.5.10 REVELACIÓN DE HISTORIA CLÍNICA
En todos aquellos casos en
que ASSIST-CARD lo requiera, el Titular deberá otorgar
las autorizaciones para revelar su historia clínica completando el RECORD
RELEASE FORM inserto al final de este cuadernillo y enviándolo por fax
a la Central ASSIST-CARD interviniente en su caso.
C.5.11 AUTORIZACIÓN IRREVOCABLE PARA SOLICITAR INFORMACIÓN
MÉDICA
El Titular autoriza en forma
absoluta e irrevocable a ASSIST-CARD a requerir en su nombre cualquier
información médica a profesionales tanto
del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de evaluar
y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en
casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya
dado origen a su asistencia.
ASSIST-CARD DISPONE DE PRODUCTOS QUE INCLUYEN
LA ASISTENCIA DE ENFERMEDADES PREEXISTENTES. CONSULTE A SU AGENTE DE
VIAJES O EN LAS OFICINAS DE ASSIST-CARD.
C.5.12 EVENTOS Y GASTOS EXCLUIDOS
Quedan expresamente excluidos del sistema de asistencia ASSIST-CARD
los siguientes eventos:
C.5.12.1 Enfermedades crónicas o preexistentes
Quedan expresamente excluidos los tratamientos de enfermedades crónicas o preexistentes,
congénitas o recurrentes -conocidas o no por el Titular- padecidas con anterioridad
al inicio de la vigencia de la tarjeta ASSIST-CARD y/o del viaje, lo que sea
posterior, así como sus agudizaciones, secuelas o consecuencias (incluso cuando
las mismas aparezcan durante el viaje). A los efectos del presente Contrato
de Adhesión, se entiende como enfermedad o afección preexistente tanto aquellas
padecidas con anterioridad a la iniciación de la vigencia de la tarjeta ASSIST-CARD
como las que se manifiesten posteriormente pero que para su desarrollo hayan
requerido de un período de incubación, formación o evolución dentro del organismo
del Titular, iniciado antes de la fecha de inicio de vigencia de la Tarjeta
o del viaje, o como aquellas sufridas durante la vigencia de una tarjeta ASSIST-CARD
anterior. En caso de solicitarse una asistencia originada real o presuntamente
en una afección preexistente, ASSIST-CARD solamente pagará -a su exclusivo
criterio- por la primera consulta clínica que permita determinar la preexistencia
de la enfermedad y hasta un monto máximo de U$S 300.00 (trescientos dólares
estadounidenses) o su equivalente en moneda local. ASSIST-CARD no tomará a
su cargo exámenes o internaciones tendientes a evaluar la condición médica
de las enfermedades preexistentes y/o para descartar su relación con la afección
que motiva la asistencia.
ASSIST-CARD DISPONE DE PRODUCTOS QUE INCLUYEN LA ASISTENCIA
DE ENFERMEDADES PREEXISTENTES. VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS CARACTERÍSTICAS
DEL PRODUCTO ADQUIRIDO POR UD.
C.5.12.2 Enfermedades endémicas o epidémicas
Las asistencias por enfermedades endémicas y/o epidémicas en países con emergencia
sanitaria en caso que el Titular no haya seguido las sugerencias y/o indicaciones
sobre restricciones de viaje y/o tratamiento profiláctico y/o vacunación emanadas
de autoridades sanitarias.
C.5.12.3 Riña, huelga o tumulto. Actos ilegales o dolosos
Afecciones, enfermedades o lesiones derivadas directa o indirectamente de riña
(salvo que se tratase de legítima defensa), huelga, actos de vandalismo o tumulto
popular en que el Titular hubiese participado como elemento activo. El intento
de o la comisión de un acto ilegal y, en general, cualquier acto doloso o criminal
del Titular, incluido el suministro de información falsa o diferente de la
realidad.
C.5.12.4 Suicidio
Afecciones, enfermedades o lesiones resultantes de intento de suicidio o de
intención de cometer suicidio o causadas intencionalmente por el Titular a
sí mismo.
C.5.12.5 Drogas, narcóticos y/o afines
Tratamiento de enfermedades o estados patológicos producidos por intencional
ingestión o administración de tóxicos (drogas), narcóticos, o por la utilización
de medicamentos sin orden médica. Asimismo, afecciones, enfermedades o lesiones
derivadas de la ingestión de bebidas alcohólicas de cualquier tipo.
C.5.12.6 Atención por personas o profesionales
ajenos a ASSIST-CARD
Enfermedades, lesiones, afecciones, consecuencias o complicaciones resultantes
de tratamientos o asistencias recibidas por el Titular de parte de personas
o profesionales no pertenecientes a la Organización ASSIST-CARD.
C.5.12.7 Deportes (profesional o amateur)
Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica
o participación activa en toda clase de competencias deportivas. Además quedan
expresamente excluidas las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de
la práctica de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado
a: motociclismo, automovilismo, boxeo, polo, ski acuático, jet ski, wave runner,
moto de nieve, cuatriciclos, vehículos todo terreno, snowboard, skate, parasail,
buceo, aladeltismo, alpinismo, etc.; como así también la practica de ski y/u
otros deportes invernales fuera de pistas reglamentarias y autorizadas.
C.5.12.8 Viajes aéreos
Viajes aéreos en aviones no destinados y autorizados como transporte público.
C.5.12.9 Partos
Controles, exámenes y complicaciones de gestación. Partos. Abortos, cualquiera
sea su etiología.
C.5.12.10 Enfermedades mentales y/o afines
Enfermedades psicológicas, mentales, psicosis, neurosis y cualquiera de sus
consecuencias mediatas o inmediatas.
C.5.12.11 Tensión arterial
Controles de tensión arterial. Hipertensión arterial y sus consecuencias.
C.5.12.12 HIV
Síndrome de inmunodeficiencia humana, SIDA y HIV en todas sus formas, así como
sus agudizaciones, secuelas y consecuencias. Enfermedades venéreas o de transmisión
sexual.
C.5.12.13 Visitas médicas no autorizadas por ASSIST-CARD
Las visitas médicas de control, chequeos y tratamientos prolongados, que no
sean previa y expresamente autorizadas por el Departamento Médico de ASSIST-CARD.
C.5.12.14 Prótesis y similares
Gastos de prótesis, órtesis, síntesis o ayudas mecánicas de todo tipo, ya sean
de uso interno o externo, incluyendo pero no limitados a: artículos de ortopedia,
prótesis dentales, audífonos, anteojos, lentes de contacto, férulas, muletas,
nebulizadores, respiradores, etc.
C.5.12.15 Tratamientos
Los tratamientos odontológicos, oftalmológicos u otorrinolaringológicos, salvo
la atención de urgencia descrita en estas Condiciones Generales de los Servicios
ASSIST-CARD.
C.5.12.16 Chequeos o exámenes de rutina
Los chequeos o exámenes médicos de rutina, incluso aquellos que no sean relacionados
con una enfermedad diagnosticada y comprobada, así como aquellos que no sean
consecuencia directa de una enfermedad o accidente objeto del servicio ASSIST-CARD.
C.5.12.17 Edad
La edad del Titular, cuando ésta exceda el limite establecido en el voucher
correspondiente al producto ASSIST-CARD adquirido.
C.5.12.18 Riesgos profesionales
Si el motivo del viaje del Titular fuese la ejecución de trabajos o tareas
que involucren un riesgo profesional. En todos los casos, los servicios descriptos
en estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD serán complementarios
de los que deban prestarse por parte de entidades asistenciales y de seguros
según las normas de seguridad industrial y de riesgos laborales aplicables
en el país donde se presente la enfermedad o accidente objeto del servicio.
C.5.12.19 Gastos no autorizados
Gastos de hotel, restaurante, taxis, comunicaciones, etc. que no hayan sido
expresamente autorizados por una Central ASSIST-CARD.
C.5.12.20 Acompañantes y gastos extras
En los casos de hospitalización del Titular, se excluyen expresamente todos
los gastos extras así como de acompañantes.
IMPORTANTE: En caso de constatarse que el motivo
del viaje fuera el tratamiento de una enfermedad de base y que el tratamiento
actual tiene alguna vinculación directa o indirecta con la dolencia previa,
ASSIST-CARD queda eximida de prestar sus servicios, de conformidad con lo previsto
en Cláusula C.6., "Obligaciones de ASSIST-CARD", y Cláusula C.5.12, "Eventos
y gastos excluidos" de las presentes Condiciones Generales de los Servicios
ASSIST-CARD. A tal fin ASSIST-CARD se reserva el derecho de investigar la conexión
del hecho actual con la dolencia previa.
C.5.13 LIMITACIONES Y EXCLUSIONES ESPECIALES POR EDAD
LAS LIMITACIONES ESTABLECIDAS A CONTINUACION APLICAN
A ALGUNOS PRODUCTOS ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER SI EL PRODUCTO ASSIST-CARD
ADQUIRIDO POR UD. INCLUYE LIMITACIONES Y EXCLUSIONES POR EDAD. EN ESTE CASO,
LOS SERVICIOS ASSIST-CARD SERÁN AFECTADOS POR LAS SIGUIENTES LIMITACIONES Y
EXCLUSIONES:
C.5.13.1 Monto Máximo Global
Si el Titular estuviera comprendido en la limitación por edad indicada en el
voucher, y sufriera lesiones a causa de un accidente, tal como descriptas en
la Cláusula C.2. "Definiciones" y C.5.13 "Limitaciones y exclusiones especiales
por edad", se aplicará el Monto Máximo Global de gastos médicos por enfermedad.
Esta limitación aplicará indefectiblemente e independientemente de que el producto
ASSIST-CARD adquirido tuviera un Monto Máximo Global de gastos médicos para
accidentes y otro para enfermedades.
C.5.13.2 Medicamentos
Si el Titular estuviera comprendido en la limitación por edad indicada en el
voucher, el monto límite de gastos de medicamentos será en todos los casos
y por todo concepto el indicado como "ambulatorio".
C.5.13.3 Implante o reemplazo de prótesis y
afines
Si el Titular estuviera comprendido en la limitación por edad indicada en el
voucher, se excluyen expresamente: las intervenciones quirúrgicas que requieran
implantación, reemplazo y/o reparación de prótesis, órtesis, ayudas mecánicas
y/o síntesis o elementos afines a las mismas, ya sean externas o internas,
como así también todos los gastos que se originasen antes, durante o después
de la intervención quirúrgica, incluyendo pero no limitándolos a: estudios
complementarios, honorarios médicos y/o asistenciales, terapias pre o posquirúrgica,
hotelería hospitalaria, cambio de pasajes, etc.
C.5.13.4 Repatriaciones sanitarias
Quedan excluidas las repatriaciones sanitarias de cualquier origen, si el Titular
estuviera comprendido en la limitación por edad indicada en el voucher correspondiente
al producto ASSIST-CARD adquirido.
C.5.14 EXCLUSIONES APLICABLES A LAS TARJETAS ASSIST-CARD
VALIDAS EN EL MISMO PAÍS DE EMISIÓN
Aún cuando en el voucher correspondiente al producto ASSIST-CARD adquirido
por Ud. incluya servicios dentro del país de emisión de su tarjeta, serán aplicables
a todo efecto las exclusiones que se detallan a continuación:
C.5.14.1 Enfermedades crónicas o preexistentes
Están expresamente excluidos los tratamientos de enfermedades crónicas o preexistentes,
congénitas o recurrentes -conocidas o no por el Titular- padecidas con anterioridad
al inicio de la vigencia de la tarjeta y/o del viaje, lo que sea posterior,
así como sus agudizaciones, secuelas o consecuencias (incluso cuando las mismas
aparezcan durante el viaje). A los efectos del presente Contrato de Adhesión,
se entiende como enfermedad o afección preexistente tanto aquellas padecidas
con anterioridad a la iniciación de la vigencia de la tarjeta ASSIST-CARD como
las que se manifiesten posteriormente pero que para su desarrollo hayan requerido
de un período de incubación, formación o evolución dentro del organismo del
Titular, iniciado antes de la fecha de vigencia de la Tarjeta o del viaje,
o como aquellas sufridas durante la vigencia de una tarjeta ASSIST-CARD anterior.
En caso de solicitarse una asistencia originada real o presuntamente en una
afección preexistente, ASSIST-CARD solamente pagará -a su exclusivo criterio-
por la primera consulta clínica que permita determinar la preexistencia de
la enfermedad y hasta un monto máximo de U$S 100.00 (cien dólares estadounidenses)
o su equivalente en moneda local. ASSIST-CARD no tomará a cargo exámenes o
internación del Titular tendientes a evaluar la condición médica de enfermedades
preexistentes y/o para descartar su relación con la afección que motiva la
asistencia.
C.5.14.2 Gastos de hotel
Gastos de hotel por convalecencia u otros motivos.
C.5.14.3 Gastos por vuelo demorado o cancelado
Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado.
C.5.14.4 Traslado de ejecutivos
Traslado o reemplazo de ejecutivos por emergencias.
C.5.15 EXTENSIÓN DEL SERVICIO ASSIST-CARD POR PROLONGACION
DEL VIAJE
C.5.15.1 La
solicitud de emisión
de una nueva tarjeta ASSIST-CARD deberá efectuarse antes de la finalización
de la vigencia de la tarjeta previa.
C.5.15.2 El Titular puede solicitar la emisión
de una nueva Tarjeta a la oficina ASSIST-CARD más cercana al lugar donde se
encuentre o al emisor de su tarjeta previa.
C.5.15.3 Los métodos de pago de la nueva tarjeta
serán los que disponga la oficina ASSIST-CARD a la que recurra el Titular.
ASSIST-CARD sólo tomará a cargo el envío por correo regular de la nueva tarjeta
al Titular a un domicilio dentro del mismo país de emisión.
C.5.15.4 El
período de vigencia
de la nueva tarjeta ASSIST-CARD deberá ser inmediatamente consecutivo
al de la tarjeta original.
C.5.15.5 La nueva Tarjeta ASSIST-CARD
emitida en las condiciones mencionadas en esta Cláusula no podrá ser utilizada
bajo ningún concepto ni en ninguna circunstancia para iniciar o continuar el
tratamiento y/o asistencia de problemas médicos que hubieran surgido durante
la vigencia de la tarjeta ASSIST-CARD original y/o anteriores o antes de la
vigencia de la nueva Tarjeta ASSIST-CARD, independientemente de que las gestiones
o tratamientos en curso hayan sido indicados por ASSIST-CARD o por terceros.
C.5.15.6 El Titular podrá adquirir una
o más tarjetas ASSIST-CARD, siempre y cuando la vigencia acumulada de las mismas
no supere los 90 días y/o el máximo de días consecutivos por viaje indicados
en el voucher correspondiente al producto ASSIST-CARD adquirido originalmente.
C.5.15.7 Las
coberturas de seguros incluidas en algunos productos ASSIST-CARD no
se otorgan a extensiones
o renovaciones de tarjetas realizadas en otros países. En caso de desear
que la tarjeta renovación incluya los seguros, la misma debe ser adquirida
y abonada única y exclusivamente en el que se emitió la original.
C.5.16
COMUNICACIÓN DE CONTRATACIÓN
Será condición de validez de la tarjeta ASSIST-CARD que el agente emisor
haya comunicado fehacientemente a ASSIST-CARD su contratación con anterioridad
a la entrada en vigencia de la misma. No podrán hacerse cambios de vigencia
ni se procederá a la cancelación de la tarjeta ASSIST-CARD por ninguna
razón, ni bajo ninguna circunstancia, una vez iniciada su vigencia.
C.6. OBLIGACIONES DE ASSIST-CARD
C.6.1 Las obligaciones de ASSIST-CARD expresadas en el presente Contrato
de Adhesión sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas
contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la Tarjeta
ASSIST-CARD o a la fecha de inicio del viaje, la que sea posterior.
C.6.2 A menos que el voucher ASSIST-CARD
indique taxativamente lo contrario, queda expresamente excluido el tratamiento
de las enfermedades crónicas o preexistentes, congénitas o recurrentes -conocidas
o no por el Titular- padecidas con anterioridad al inicio de la vigencia de
la tarjeta y/o del viaje, lo que sea posterior, así como sus agudizaciones,
secuelas o consecuencias (incluso cuando las mismas aparezcan durante el viaje).
A los efectos del presente Contrato, se entiende como enfermedad o afección
preexistente tanto aquellas padecidas con anterioridad a la iniciación de la
vigencia del presente Contrato como las que se manifiesten posteriormente pero
que para su desarrollo hayan requerido de un período de incubación, formación
o evolución dentro del organismo del Titular, iniciado antes de la fecha del
contrato o viaje, o como aquellas sufridas durante la vigencia de un Contrato
anterior. En caso de solicitarse una asistencia originada real o presuntamente
en una afección preexistente, ASSIST-CARD solamente pagará -a su exclusivo
criterio- por la primera consulta clínica que permita determinar la preexistencia
de la enfermedad y hasta un monto máximo de U$S 300.00 (trescientos dólares
estadounidenses) o su equivalente en moneda local. Tampoco se tomarán a cargo
exámenes o internaciones tendientes a evaluar la condición médica de las enfermedades
preexistentes y/o para descartar su relación con la afección actual que motiva
la asistencia.
C.6.3 En todos los casos de asistencia
brindada dentro del país de emisión de la tarjeta, la responsabilidad económica
de ASSIST-CARD será siempre y sin excepción, complementaria y en subsidio a
la responsabilidad económica que le corresponda a la obra social, empresa de
medicina prepaga y/o seguro de salud y/o póliza de seguro de cualquier tipo
y/o servicio alguno del(os) cual(es) fuere beneficiario el Titular.
C.6.4 ASSIST-CARD se reserva el derecho
de investigar la veracidad de la declaración del titular en este sentido. ASSIST-CARD
tendrá derecho a exigir al Titular de la tarjeta el reembolso inmediato de
todos los gastos indebidamente efectuados en caso de haberse abonado algún
servicio que -de haberse comprobado previamente la responsabilidad económica
de la obra social y/o empresa de medicina prepaga y/o seguro de salud y/o póliza
de seguro de cualquier tipo y/o servicio alguno del(os) cual(es) fuere beneficiario
el Titular- no se hubiera abonado o se hubiera abonado sólo parcialmente.
C.6.5 Independientemente de que la asistencia
se brinde como consecuencia de un accidente o una enfermedad, el Monto Máximo
Global dentro del país de emisión de la tarjeta será el indicado en su voucher.
C.7. OBLIGACIONES DEL TITULAR
En todos los casos y para todos los servicios, el Titular se obliga
a:
C.7.1 AUTORIZACIÓN PREVIA
Recibir la autorización de una Central ASSIST-CARD antes de tomar cualquier
iniciativa o comprometer cualquier gasto, de acuerdo al procedimiento
indicado en las Cláusulas A- INSTRUCCIONES PARA UTILIZAR CORRECTAMENTE
LOS SERVICIOS ASSIST-CARD.
C.7.2 OBLIGATORIEDAD DE INFORMAR DENTRO DE
LAS 24 HS.
C.7.2.1 Si
fuera imposible en una emergencia comunicarse con una Central ASSIST-CARD
para solicitar
la autorización previa arriba mencionada, el Titular podrá recurrir al
servicio médico de emergencia más próximo al lugar donde se encuentre.
En todos estos casos el Titular deberá comunicar a ASSIST-CARD la emergencia
sufrida y la asistencia recibida desde el lugar de ocurrencia, lo antes
posible y siempre dentro de las 24hs. de producido el evento, en cuyo
caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen
tal situación.
C.7.2.2 Previa evaluación del caso y
una vez descartadas posibles exclusiones, ASSIST-CARD tomará a cargo los gastos
producidos por la asistencia hasta los montos establecidos para la asistencia
brindada, según el producto ASSIST-CARD adquirido y siempre que los valores
se ajusten a los de uso habitual en el país o región donde se produjo el evento.
No se efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situación de emergencia,
si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento indicado en las presentes
Instrucciones de utilización de los servicios ASSIST-CARD.
C.7.3 PROVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN
El Titular deberá proveer a ASSIST-CARD toda la documentación que permita
establecer la procedencia del caso, además de todos los comprobantes
originales de gastos reembolsables por ASSIST-CARD y toda la información
médica, inclusive la anterior al viaje, o de cualquier índole que eventualmente
le sea necesaria a ASSIST-CARD para la prestación de sus servicios.
C.7.4 ENTREGA DE BILLETES DE PASAJE
El Titular deberá entregar a ASSIST-CARD todos los billetes de transporte
(aéreos o no) que posea, en aquellos casos en que ASSIST-CARD se haga
cargo de cualquier diferencia sobre el o los billetes de pasajes originales,
o cuando ASSIST-CARD proveyera la repatriación del Titular en caso de
accidente grave o defunción. En todos los casos ASSIST-CARD responderá solamente
por la diferencia de tarifa que pudiere existir en caso de que ello correspondiese.
C.8.
SUBROGACIÓN Y CESIÓN DE DERECHOS
C.8.1 Hasta
la concurrencia de las sumas desembolsadas en cumplimiento de las obligaciones
emanadas
de las presentes Condiciones Generales de los Servicios ASSIST-CARD,
ASSIST-CARD quedará automáticamente subrogada en los derechos y acciones
que puedan corresponder al Titular o a sus herederos contra terceras
personas físicas o jurídicas y/u organismo(s) público(s) u oficial(es)
en virtud del evento que ocasionó la asistencia prestada.
C.8.2 El Titular se compromete a abonar en el
acto a ASSIST-CARD todo importe que haya recibido de parte del sujeto causante
y/o responsable del accidente y/o de su(s) compañía(s) de seguro(s) en concepto
de adelanto(s) a cuenta de la liquidación de la indemnización final a la cual
el titular pudiere tener derecho. Ello a concurrencia de los importes a cargo
de ASSIST-CARD en el caso ocurrido.
C.8.3 Sin que la enunciación deba entenderse
limitativa, quedan expresamente comprendidos en la subrogación los derechos
y acciones susceptibles de ser ejercitados frente a las siguientes personas:
- Terceros responsables de un accidente
(de tránsito o de cualquier otro tipo).
- Empresas de transporte, en lo atinente a la
restitución -total o parcial- del precio de pasajes no utilizados, cuando ASSIST-CARD
haya tomado a su cargo el traslado del titular o de sus restos.
IMPORTANTE: El titular cede irrevocablemente
a favor de ASSIST-CARD los derechos y acciones comprendidos en la presente
Cláusula, obligándose a llevar a cabo la totalidad de los actos jurídicos que
a tal efecto resulten necesarios y a prestar toda la colaboración que le sea
requerida con motivo del hecho ocurrido. De negarse a suscribir y/o prestar
colaboración para ceder tales derechos a ASSIST-CARD, esta última quedara automáticamente
eximida de abonar los gastos de asistencia originados.
C.9. CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES Y/O DE FUERZA
MAYOR
En este Contrato de Adhesión, ASSIST-CARD está expresamente liberada,
exenta y excusada de cualquiera de sus obligaciones y responsabilidades
en caso de que el Titular sufra algún daño o requiera asistencia a consecuencia
y/o derivada de caso fortuito o de fuerza mayor, tales como catástrofes,
sismos, inundaciones, tempestades, guerra internacional o guerra civil
declaradas o no, rebeliones, conmoción interior, actos de guerrilla o
antiguerrilla, hostilidades, represalias, conflictos, embargos, apremios,
huelgas, movimientos populares, lock-out, actos de sabotaje o terrorismo,
etc.; así como problemas y/o demoras que resulten por la terminación,
interrupción o suspensión de los servicios de comunicación. Cuando elementos
de esta índole interviniesen y una vez superados los mismos, ASSIST-CARD
se compromete a ejecutar sus compromisos y obligaciones dentro del menor
plazo que fuere posible.
C.10. GASTOS NO CONTEMPLADOS EN EL CONTRATO E INTERVENCION
DE OTRAS EMPRESAS
C.10.1 ASSIST-CARD
se reserva el derecho de exigir al Titular de la tarjeta el reembolso
de cualquier
gasto que ésta hubiera efectuado excediendo los términos y/o condiciones
de prestación establecidos en el presente, y/o fuera del período de vigencia
de la tarjeta.
C.10.2 En ningún caso ASSIST-CARD prestará nuevos
servicios al Titular, ni efectuará reembolso de gastos de ningún tipo, en tanto
y en cuanto el Titular solicite o haya solicitado prestaciones por el mismo
problema y/o afección a cualquier otra empresa, antes, durante o después de
haberlas solicitado a ASSIST-CARD.
C.11. RESPONSABILIDAD
El servicio brindado por ASSIST-CARD
de acuerdo a los términos del presente
Contrato de Adhesión, se circunscribe exclusivamente a facilitar al Titular
de la tarjeta el acceso a profesionales para la prestación por parte
de éstos últimos, y a su exclusiva responsabilidad, servicios médicos,
farmacéuticos, legales y/o de asistencia en general. De esta forma, ASSIST-CARD
no será responsable en forma alguna, ya sea directa o indirectamente,
de cualquier reclamo que pudiere realizar el Titular por la prestación
de los servicios llevada a cabo por cualquiera de los profesionales antes
mencionados.
C.12. JURISDICCIÓN
Para todas las cuestiones
de derecho relativas a la relación contractual
entre el Titular de la tarjeta y ASSIST-CARD queda expresamente pactada
la jurisdicción de los tribunales de la capital del país donde se haya
emitido originalmente la tarjeta ASSIST-CARD, con exclusión de todo otro
fuero o jurisdicción.
C.13. PRESCRIPCIÓN
Toda acción legal derivada de la relación que se constituya entre el
titular y ASSIST-CARD prescribirá a los 180 (ciento ochenta) días consecutivos
a contar de la ocurrencia del hecho que la originara.
D. SEGUROS
IMPORTANTE:
Los seguros incluidos en las tarjetas ASSIST-CARD se otorgan sin costo
adicional a los Titulares de las mismas
y se emiten de acuerdo a las disposiciones legales locales. ASSIST-CARD
adquiere los seguros para sus clientes y por lo tanto se reserva el derecho
de introducir modificaciones en las coberturas o suspenderlas sin previo
aviso de acuerdo con las disposiciones de las legislaciones de seguros
locales. El texto completo de las pólizas se encuentra a disposición
del público en las oficinas de las aseguradoras indicadas, así como en
las oficinas de ASSIST-CARD en el país de emisión de la tarjeta.
Estos seguros se otorgan únicamente a residentes en el país de emisión
de la tarjeta ASSIST-CARD y portadores de tarjetas ASSIST-CARD emitidas
localmente. Estas coberturas no se otorgan a extensiones o renovaciones
de tarjetas realizadas en otros países. En caso de desear que la tarjeta
renovación incluya los seguros, la misma debe ser adquirida y abonada única
y exclusivamente en el país en que se emitió la original.
D.1. SEGURO POR EXTRAVÍO Y DEMORA EN LA LOCALIZACIÓN
DEL EQUIPAJE
ESTE SEGURO NO ES APLICABLE A ALGUNOS PRODUCTOS
ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN EL VOUCHER LAS CARACTERISTICAS Y EL LIMITE
DE RESPONSABILIDAD ECONOMICA ASUMIDA POR LA COMPANIA DE SEGUROS CORRESPONDIENTE
AL PRODUCTO ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
D.1.1 PERSONAS ASEGURADAS
El Titular de una tarjeta
ASSIST-CARD esta asegurado automáticamente
y sin costo adicional, cuando el voucher correspondiente al producto
ASSIST-CARD adquirido indica esta cobertura.
D.1.2. RIESGOS ASEGURADOS
D.1.2.1 DEMORA EN LA LOCALIZACION DEL EQUIPAJE
Demora en la localización del equipaje durante su transporte internacional
en avión de línea aérea regular siempre y cuando sea despachado en la bodega
del mismo.
ESTE
SEGURO ESTÁ EXCLUÍDO EN ALGUNOS PRODUCTOS
ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO
ASSIST-CARD ADQUIRIDO POR UD.
D.1.2.2 EXTRAVIO DEL EQUIPAJE
Extravío del equipaje (bulto completo) durante transporte internacional
en avión de línea aérea regular, y despachado en la bodega del mismo
ESTE SEGURO ESTÁ EXCLUÍDO EN ALGUNOS PRODUCTOS
ASSIST-CARD. VERIFIQUE EN SU VOUCHER LAS CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO ASSIST-CARD
ADQUIRIDO POR UD.
D.1.3
COMPENSACIÓN / INDEMNIZACIÓN
D.1.3.1 Compensación por demora
en la localización del equipaje
D.1.3.1.1 La compañía de seguros reintegrará al
Titular hasta el monto indicado en su voucher por gastos derivados de la compra
de artículos de primera necesidad hecha en el lapso de la demora en la localización
de su equipaje y únicamente si éste no es localizado dentro de las 36 (treinta
y seis) horas contadas a partir del momento de recibir ASSIST-CARD la notificación
de la falta de dicho equipaje.
D.1.3.1.2 Si el equipaje no fuera localizado
dentro de los 10 (diez) días a contar desde la fecha en que el Titular informó a
ASSIST-CARD del extravío, el Titular percibirá de la compañía de seguros una
suma adicional hasta completar el monto indicado en su voucher por este concepto.
D.1.3.2 Indemnización por extravío del equipaje
La compañía de seguros indemnizará al Titular por kilogramo despachado y bulto
completo perdido y hasta el monto máximo indicado en su voucher.
D.1.3.3 Disposiciones generales para la compensación/indemnización
D.1.3.3.1 Consulte en su voucher el valor por
kilogramo despachado aplicable al producto ASSIST-CARD adquirido por Ud.
D.1.3.3.2 El Titular tendrá derecho
a percibir hasta el monto máximo indicado en su voucher en conjunto por compensación
y/o indemnización, sin importar la cantidad de eventos (demora o pérdida) que
pudieran ocurrir durante la vigencia de su tarjeta ASSIST-CARD, incluso si
la misma fuera de validez anual.
D.1.3.3.3 No se tomará en consideración el valor
real del equipaje extraviado.
D.1.3.3.4 La indemnización al Titular será adicional
o complementaria a la abonada por la línea aérea conforme a lo indicado en
el voucher correspondiente al producto ASSIST-CARD adquirido.